El Tribunal Constitucional (TC) resolvió declarar fundada la demanda competencial presentada por el Poder Ejecutivo contra el Ministerio Público y el Poder Judicial, en el marco de las investigaciones abiertas contra la presidenta Dina Boluarte. En consecuencia, el TC ordenó la suspensión inmediata de todos los procesos fiscales iniciados contra la mandataria mientras dure su mandato presidencial.
El fallo del máximo órgano constitucional sostiene que las investigaciones podrán reanudarse una vez que Boluarte deje el cargo. “Las investigaciones suspendidas continuarán con su trámite al concluir el ejercicio del cargo presidencial”, precisa la sentencia, que fue aprobada en mayoría por los magistrados del pleno del TC, con base en el informe presentado por el magistrado Pedro Hernández Chávez.
El fundamento central de la decisión es que las investigaciones impulsadas por el Ministerio Público y avaladas por resoluciones del Poder Judicial vulneraban el artículo 117 de la Constitución, que establece límites estrictos para procesar penalmente a un presidente en funciones. Según el TC, los fiscales y jueces involucrados “no respetaron el marco constitucional de competencias”, al continuar con diligencias que no se ajustaban a las excepciones contempladas por la Carta Magna.
El Tribunal aclaró que esta resolución no implica impunidad, sino que responde a la necesidad de preservar el principio de separación de poderes y el fuero presidencial mientras dure el ejercicio del cargo. Además, el fallo establece que, en adelante, cualquier investigación que involucre a un presidente en funciones deberá observar estrictamente las “pautas de competencia institucional” definidas por esta sentencia.
Este fallo marca un precedente importante en la relación entre el Poder Ejecutivo y los órganos del sistema de justicia, en un contexto en el que la presidenta Dina Boluarte enfrenta investigaciones por diversos casos iniciados durante su gestión. La decisión del TC refuerza la postura del Ejecutivo de que no pueden ser investigados presidentes en funciones fuera de los supuestos taxativamente establecidos por la Constitución.










