El Pleno del Tribunal Constitucional admitió a trámite la demanda de inconstitucionalidad contra ley que permite devolución de aportes de la ONP. También se eligió como ponente al magistrado José Luis Sardón de Taboada.
Como se recuerda, el Poder Ejecutivo, a través de la Procuraduría Pública Especializada en Materia Constitucional, interpuso una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley N° 31083, que establece un régimen especial facultativo para la devolución de fondos a los aportantes activos e inactivos bajo el decreto ley 19990 administrados por la Oficina de Normalización Previsional (ONP).
En esta demanda, que fue presentada por el procurador Luis Alberto Huerta Guerrero, se alega que la ley que dispone la devolución de los fondos administrados por la ONP afecta el derecho como el acceso a una pensión de los adultos mayores y el carácter intangible de dichos recursos.
En el acción planteada se indica que el dispositivo debilita el Sistema Nacional de Pensiones, que funciona como un “fondo de reparto solidario”, en donde el otorgamiento de pensiones a los actuales pensionistas se financia con lo recaudado por el aporte de los afiliados activos. «Si este fondo se emplea para dar cumplimiento a la ley, se pondría en riesgo el pago de pensiones», advierte el Ejecutivo.