El pleno del Congreso aprobó la ley que prohíbe el matrimonio de personas menores de edad y de este modo se erradicará esta práctica nociva en el país que afecta a niñas, niños y adolescentes.
La iniciativa legislativa se sustenta en los proyectos de ley 1523 y 3194, y fue aprobada con 113 votos a favor, cero votos en contra y 3 abstenciones. Se le exoneró de la segunda votación.
Solo se dieron 3 abstenciones, Gladys Echaíz (Renovación Popular), José Balcázar (Perú Bicentenario) y Víctor Cutipa (no agrupado).

El texto sustitutorio aprobado, después del cuarto intermedio, se expuso luego de tomarse en cuenta los aportes de los autores a la propuesta original, expresó la titular de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, Milagros Rivas Chacara (PL).
En este se establece, entre otras medidas que si la “incapacidad de las personas mayores de dieciséis (16) años cesa por obtener título oficial que les autorice ejercer profesión u oficio. No se aplica para contraer matrimonio”.
En tanto, en el artículo 241 del Código Civil, que establece “Impedimentos absolutos”, se puntualiza que no pueden contraer matrimonio las “personas menores de dieciocho años ”.
La norma aprobada contiene una Disposición Complementaria Transitoria sobre la Anulabilidad del matrimonio, en la cual se establece “La persona menor de edad, de forma directa y sin intermediarios, tiene la facultad de solicitar la anulabilidad del matrimonio que haya contraído con anterioridad a la vigencia de la presente ley”.
“A través de un amplio #DiálogoParaElConsenso y en defensa de las niñas, el Congreso aprobó el proyecto de ley que prohíbe el matrimonio de menores de edad”, indica el Congreso a través de su cuenta X.










