El miércoles 26 de agosto, se promulgó en el diario oficial El Peruano la Ley N°31039, la cual autoriza y promueve, principalmente, el ascenso y/o nombramiento automático del personal de salud. Cabe resaltar, que esta ley, inicialmente, fue observada por el Ejecutivo en el mes de julio, razón por la cual dicha autógrafa fue devuelta al Parlamento; sin embargo, el 25 de agosto, el Congreso decidió aprobar dicha norma por insistencia.
Según informaciones del Diario La República, el Ejecutivo presentó este lunes 31 de agosto una demanda de inconstitucionalidad en contra de la ley que regula los ascensos automáticos para el personal de salud. Norma fue aprobada por insistencia en el Pleno del Congreso del pasado 24 de agosto.
La titular de Economía, María Antonieta Alva, anunció que se encargó al Ministerio de Justicia llevar a cabo el proceso para presentar la demanda contra la norma que quebranta el principio de la no iniciativa de gasto, orden adscrita al Parlamento.
Además el procurador público representante del Ejecutivo ante el Tribunal Constitucional (TC), Luis Huerta Guerrero, pidió que se declare la referida norma inconstitucional debido a que contraviene 9 disposiciones de la Carta Magna.
Además, se menciona que la ley de ascenso automático al personal de salud quebranta el carácter de intangibilidad de los recursos de EsSalud.






