El Congreso de la República aprobó con una amplia mayoría de 78 votos a favor, 12 en contra y 7 abstenciones, el dictamen que modifica la Ley 31297, Ley del Servicio de Serenazgo Municipal, autorizando el uso de armas no letales por parte de estos cuerpos de seguridad local.
La iniciativa establece que los serenos deben contar con el equipamiento necesario para cumplir con sus funciones, de acuerdo a la modalidad del servicio que brindan, y que este equipamiento incluirá grilletes de seguridad, bastones tonfa, aerosoles de pimienta y chalecos antibalas, con el fin de prevenir y disuadir la comisión de delitos y faltas que atenten contra la seguridad ciudadana, respetando los derechos fundamentales de las personas.
Según la nueva ley, la autoridad municipal, en función de su disponibilidad presupuestal, será la encargada de proveer los recursos necesarios para el equipamiento, la capacitación y las evaluaciones psicológicas periódicas de los serenos municipales.
El uso de armas no letales por parte del serenazgo municipal ha sido una larga discusión en el país, y esta ley ha sido considerada por muchos como una medida necesaria para reforzar la seguridad ciudadana en las localidades.
Con esta nueva ley aprobada, se espera que el serenazgo municipal tenga mayores herramientas para cumplir con su labor, disuadiendo la comisión de delitos y faltas y protegiendo a la población de manera efectiva y segura.