Como se recuerda, el pleno del Congreso aprobó en segunda votación, el proyecto de ley que modifica la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, a fin de establecer procedimientos para nombramiento de ministros y viceministros, y atribuciones del Consejo de Ministros.
La norma fue aprobada por 75 votos a favor y 43 en contra. En diciembre pasado se produjo la primera aprobación por mayoría. Así, se establece que quien ocupa el cargo de ministro no debe contar con sentencia condenatoria en primera instancia, en calidad de autor o cómplice, por delito doloso, ni estar inhabilitado para ejercer cargo público.
Asimismo, señala que la resolución suprema de nombramiento incluye como anexo la declaración jurada del nombrado, donde deberá constar las investigaciones fiscales, procesos judiciales y procedimientos administrativos en el que está o estuvo incurso.
El presidente Pedro Castillo observó la autógrafa de ley, aprobada por el Congreso, sobre procedimientos para nombrar ministros y viceministros y, por lo tanto el texto fue devuelto al Parlamento, que deberá evaluar si acepta las sugerencias o la promulga por insistencia.
En el oficio, firmado por el presidente Castillo y el primer ministro Aníbal Torres se señala, por ejemplo, que la autógrafa “vulnera el principio de separación de poderes” y “desborda los parámetros de constitucionalidad”.
El gobierno considera que la norma se contrapone a la potestad del mandatario de “dirigir y aprobar la política general del Gobierno” y “restringe el derecho a la presunción de inocencia”.
Cuestiona que se plantee incorporar a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo que el presidente del Consejo de Ministros es responsable de verificar el contenido de la declaración jurada e informar al Congreso en un plazo no mayor de cinco días.






