La aprobación de un dictamen en el Congreso haría que usted pague por usar baños públicos. Así lo advirtió este jueves la Asociación Peruana de Consumidores (Aspec), que informó que la Comisión de Defensa del Consumidor desistió de prohibir a los centros comerciales cobrar a los consumidores por el uso de los servicios.
Todo lo contrario, dicha comisión aprobó un dictamen que “declara de necesidad pública y preferente interés nacional la construcción y puesta en funcionamiento de baños públicos”. En tal sentido se establece que los gobiernos locales serán los responsables de construir dichos baños en zonas de alta concurrencia de personas y que, además, éstos serían gratuitos.
“Es algo carente de sentido. No sabemos si el Congreso es consciente que la responsabilidad sobre los baños no sólo implica construirlos sino, esencialmente, darles diariamente el mantenimiento adecuado. ¿De dónde van a sacar los municipios el dinero para cumplir con este mandato legal?”, cuestionó Crisólogo Cáceres, Presidente de Aspec.
Asimismo, recordó que existen diversas normas del Reglamento Nacional de Edificaciones (RNE) que establecen la obligatoriedad de las tiendas y centros comerciales de contar con servicios sanitarios para el público. Dichos negocios, para obtener la respectiva licencia de funcionamiento, deben poner a disposición de los consumidores la cantidad de baños que sea necesaria de acuerdo a las dimensiones del local. Obviamente dichas normas no establecen la gratuidad de tales servicios pero ello está sobreentendido por la práctica sostenida a lo largo de varias décadas.
“Los baños en los centros comerciales se construyen para atender las necesidades fisiológicas de todo tipo de consumidores, tanto de los que compran como de los que no, tanto de los que tienen un sol o cincuenta centavos para pagar por su uso como de aquellos otros que no tienen esa disponibilidad económica. No puede establecerse discriminación entre unos y otros porque eso es inconstitucional toda vez que viola lo dispuesto por el art. 2°.2 de la Constitución en mérito al cual todos los ciudadanos somos iguales. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole”, Cabe anotar que la citada disposición está consignada también en dispone el Código del Consumidor.
“Si el predictamen se convierte en ley, ahora los empleados de los centros comerciales y los supermercados podrán decirles a los consumidores que si quieren hacer sus necesidades se vayan a buscar un baño público y si éste no existe pues mala suerte, lo cual es inaceptable y, de ser el caso, podría ser cuestionado ante el Tribunal Constitucional”, señaló Aspec en un comunicado.