Las universidades y escuelas de posgrado con licencia denegada, que tenían dos años para el cese definitivo de actividades, ahora tendrán hasta tres años adicionales a fin de cumplir esa obligación, establece la norma publicada hoy por la Sunedu en el Diario Oficial El Peruano.
La Resolución del Consejo Directivo N° 044-2020-SUNEDU/CD precisa que las casas de estudios superiores con licencia denegada que decidan acogerse a esta ampliación excepcional del plazo de cese de actividades deben informarlo a la Sunedu seis meses antes del vencimiento del plazo original fijado por la anterior norma.
La norma señala que, en caso de que el plazo de cese de actividades de la universidad o escuela de posgrado sea menor o igual a seis meses, contado desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución, debe informar a la Sunedu en un plazo máximo de 40 días hábiles contados desde la publicación antes indicada.
En caso de que decida acogerse a la ampliación del plazo excepcional hasta por tres años establecido en la presente resolución, deberá informar según lo especificado en la presente norma.
En todos los supuestos, la modificación y/o ampliación excepcional del plazo de cese de actividades se comunica por medio del Formato 1 Declaración jurada del plazo de cierre, aprobado por la Resolución N° 139-2018-SUNEDU/CD.
La norma dispone que las universidades y escuelas de posgrado en proceso de cese susceptibles de acogerse a la ampliación excepcional del plazo de cese de actividades deben presentar a la Sunedu, de forma conjunta a la declaración de ampliación excepcional del plazo de cese de actividades, un plan de operaciones debidamente sustentado.
Este plan de operaciones debe informar sobre aspectos de su gestión institucional y financiera que aseguren la continuidad del servicio educativo durante el plazo excepcional de cese, el cual es susceptible de supervisión por la Dirección de Supervisión.
El plan de operaciones referido en el párrafo anterior se sujeta al formato que se apruebe mediante resolución de la Superintendencia.
Lista de universidades denegadas – Sunedu
Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez
Universidad Autónoma San Francisco
Universidad Privada Antonio Guillermo Urrelo
Universidad Privada San Carlos
Universidad Seminario Evangélico de Lima
Universidad Latinoamericana CIMA
Universidad Politécnica Amazónica
Universidad Privada de Trujillo
Universidad Privada Líder Peruana
Universidad Peruana Las Américas
Universidad Santo Domingo de Guzmán
Universidad Alas Peruanas
Universidad Privada Leonardo Da Vinci
Universidad Interamericana para el Desarrollo
Universidad Peruana de Ciencias e Informática
Universidad Peruana Santo Tomás de Aquino de Ciencia e Integración
Universidad San Pedro
Universidad Seminario Bíblico Andino
Escuela Internacional de Posgrado S.A.C.
Universidad Privada Juan Mejía Baca
Universidad Privada Autónoma del Sur
Universidad Peruana Austral del Cusco
Escuela de Postgrado San Francisco Xavier
Universidad Nacional San Luis Gonzaga de Ica
Universidad Ciencias de la Salud
Universidad Privada SISE
Universidad Inca Garcilaso de la Vega
Universidad Peruana de Oriente
Universidad Global del Cusco
Universidad Privada Juan Pablo II
Universidad Privada de la Selva Peruana
Universidad de Ayacucho Federico Froebel
Universidad Privada de Ica
Universidad Privada de Pucallpa
Universidad Particular de Chiclayo
Universidad San Andrés
Universidad Privada Arzobispo Loayza
Universidad Privada Telesup
Universidad Privada Sergio Bernales
Universidad Peruana Simón Bolívar
Universidad Marítima del Perú
Universidad de Lambayeque
Universidad Peruana de Investigación y Negocios
Universidad Peruana de Integración Global S.A.C.
Universidad Peruana de Arte Orval S.A.C.









