El abogado civilista Frank Acevedo respondió que sucederá si los padres de alguno fallecen y dejan una deuda pendiente. ¿Están los hijos obligados a pagarlo?
“Si la persona que falleció tenia deudas, esas deudas son pagadas con los bienes que han podido dejar los padres luego de su fallecimiento.(…) Si no dejaron bienes, la deuda queda impaga”, indicó el abogado en dicho video .
Además, recalcó que los bienes de los herederos no se pueden utilizar para pagar sus deudas, puesto que no se puede afectar el patrimonito personal de los herederos, tal como lo detalla el articulo 871 del Código civil peruano.
Artículo 871.- Mientras la herencia permanece indivisa, la obligación de pagar las deudas del causante
gravita sobre la masa hereditaria; pero hecha la partición, cada uno de los herederos responde de esas
deudas en proporción a su cuota hereditaria.
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