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Infractores de las disposiciones sanitarias COVID-19 no recibirán el bono del Estado

Desobedientes serán sancionados, perderán beneficios y estarán impedidos de realizar trámites.

Andersson Cueto Torres Por Andersson Cueto Torres
27/01/2021
en Perú
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Según el artículo 10 del Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia Nacional indica que aquellas personas que no hagan caso a las disposiciones del estado serán sancionados, perderán beneficios y estarán impedidos de realizar trámites.

“Los infractores a las disposiciones sanitarias y las relativas al estado de emergencia nacional, que no hayan cumplido con pagar la multa impuesta por las infracciones cometidas durante el estado de emergencia nacional y demás normal emitidas para proteger la vida y la salud de la población por el contagio del COVID-19, estarán impedidos de realizar cualquier trámite ante cualquier identidad del Estado”, se lee en el documento.

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“Así como, de ser beneficiarios de cualquier programa estatal de apoyo económico, alimentario y sanitario, salvo que exista causa justificada en cualquier de los casos; supuestos en los cuales la autoridad atenderá la solicitud mediante decisión motivada”, agregó.

Cabe mencionar que los infractores a las disposiciones sanitarias, recibirán una multa muy aparte de lo ya mencionado, por ello se recomienda salir con sus pases de tránsito en caso algunas empresas opten por trabajar y primordialmente no realizar ninguna reunión social que podría incrementar el contagio de la enfermedad.

Etiquetas: Bonos PeruanosCuarentenaEstado de Emergencia Nacional

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