El Poder Judicial oficializó la Ley 311993 publicada hoy en el diario El Peruano, donde menciona que no sé podrá crear ni autorizar el funcionamiento de nuevas universidades públicas y privada por el periodo de un año.
Sin embargo, precisa que esta moratoria no alcanza a las universidades que cuentan con licencia institucional denegada. Asimismo, la norma impide la creación y funcionamiento de filiales de universidades privadas por el plazo de tres años.
La moratoria no alcanza a la Universidad Nacional de Música, la Universidad Nacional Daniel Alomía Robles y la Universidad Nacional Diego Quispe Tito, creadas a partir de la Ley 30957. Pese a ello, las universidades públicas licenciadas sí podrán solicitar licenciamiento de filiales.
Por otro lado, los estudiantes que han aprobado los estudios de pregrado en las escuelas profesionales, tanto de universidades públicas como privadas, durante los años 2020 y 2021, se accederá la solicitud y en forma automática obtendrán el grado del bachiller automático.










