Los conductores de motocicletas y bicicletas dedicados al servicio de delivery solo podrán trabajar si están inscritos en el nuevo Registro Nacional de Prestadores y Conductores del Servicio y Actividad de Transporte de Envíos de Entrega Rápida.
El Gobierno de Dina Boluarte creó el Registro Nacional de Prestadores y Conductores del Servicio y Actividad de Transporte de Envíos de Entrega Rápida. Esta medida impactará directamente en los conductores de motocicletas y bicicletas que realizan los servicios de delivery a través de aplicaciones o empresas.
El nuevo registro -que formará parte del Sistema Nacional de Registros de Transporte y Tránsito (Sinarett)- será de carácter obligatorio y estará a cargo de las municipalidades provinciales, responsables de inscribir y mantener actualizada la relación de conductores y vehículos habilitados para realizar esta actividad.
De acuerdo con el Decreto Supremo 006-2025-MTC, la norma aplica a todas las personas naturales y jurídicas que brinden el servicio de delivery, utilizando vehículos motocicletas y bicicletas. No obstante, quedaron excluidos los servicios postales tradicionales.
Los conductores solo podrán operar si están inscritos en el registro, cuentan con la autorización respectiva y cumplen con condiciones técnicas mínimas, como frenos, sistema sonoro, láminas retrorreflectivas, alumbrado delantero y trasero, y la cajuela de reparto con la placa visible.
Además, los conductores deberán usar cascos y chalecos retrorreflectantes con el número de matrícula visible. Se prohíbe transportar personas y se obliga a participar en programas de capacitación en seguridad vial.









