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El Ministerio de Economía y Finanzas dio a conocer la base imponible del Impuesto al Patrimonio Vehicular para este 2022

El Impuesto al Patrimonio Vehicular, se trata de un tributo que pagan personas naturales o jurídicas propietarias de vehículos, camiones, buses, camionetas y omnibuses que tengan 3 o menos años de antigüedad a partir de su primera inscripción en el Registro de Propiedad Vehicular en Registros Públicos.

Redacción IP Por Redacción IP
01/03/2022 | 09:45:00

El Impuesto al Patrimonio Vehicular, se trata de un tributo que pagan personas naturales o jurídicas propietarias de vehículos, camiones, buses, camionetas y omnibuses que tengan 3 o menos años de antigüedad a partir de su primera inscripción en el Registro de Propiedad Vehicular en Registros Públicos. Este impuesto también alcanza a los sujetos que hayan adquirido un automóvil usado, de menos de tres años de antigüedad.

Este pago, tiene como base el valor del automóvil, ya que se cobra un 1% del mismo y cómo respecta a cada año, el Ministerio de Economía y Finanzas realiza la actualización de la tabla de valores referenciales para la base imponible en que se asienta este tributo. En este caso, se reevalúa para el año 2022, siendo esta de suma necesidad ya que el valor del IPV es el valor original de adquisición, importación o de ingreso al patrimonio del vehículo. Este no puede ser menor a la Tabla de Valores de Referenciales.

Para la realización del trámite de declaración del domicilio respecto al automóvil, debe efectuarse el último día hábil de febrero del año siguiente a la adquisición, si no se realiza en ese plazo puede aplicarse una multa.

Se necesita para dicho trámite la exhibición del DNI o su representante, un recibo de algún servicio del domicilio del propietario, exhibir el original y copia del documento que sustente la adquisición, ya sea la boleta de venta, acta de transferencia o DUA. Y también la tarjeta de identificación vehicular.

Además de ello, hay nuevas disposiciones para el año 2022, las cuales son establecidas por la Ley de Tributación Municipal en referencia al Impuesto al Patrimonio Vehicular. Esta resolución, implica el hecho de que un notario, deberá certificar en la transferencia de vehículos que los vendedores acrediten haber abonado el impuesto que corresponde a todos los años en los que fueron dueños del automóvil.

Se establece también que en el caso de los vehículos sustraídos o siniestrados, la tasa será de un 0% a partir del año siguiente a los hechos. Un cambio que trae una buena repercusión para los ciudadanos que pierden su capital por alguno de estos siniestros.

Este impuesto se suma a una serie de gastos que implica el poseer un automóvil en Perú. Otro de ellos que surge al poseer un auto es el del seguro vehicular.
Este servicio no es de carácter obligatorio, pero tener asegurado su vehículo es sumamente importante y necesario por los riesgos que esto implica.

Al contratar un seguro para el vehículo, se cuenta con una compañía que se hace cargo ante situaciones de vital importancia para los damnificados.
Los beneficios que comienzan con la contratación de un seguro son variados, por un lado la recepción de una indemnización por los daños ocasionados en tu vehículo.
Incluso, se indemnizará a los damnificados que requieran de asistencia médica por causa de un accidente. Este servicio también cuenta con la asistencia vehicular en caso de que el carro se averíe.

Por lo que se puede observar, no solo es una ventaja económica la que acarrea ante accidentes, si no también es la contención legal y técnica que se recepta para la solución de las problemáticas que incluye el tener un siniestro vial.

Algunas compañías como Rímac, en el servicio de seguro contra robo total, proporciona un vehículo nuevo, lo que también implica que el damnificado pueda continuar con sus actividades normalmente luego de un robo.

Cabe destacar, que si bien este tipo de seguros para el vehículo no es de carácter obligatorio, en Perú si hay un seguro obligatorio y es el denominado SOAT (Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito). Este seguro es de obligatoriedad para la circulación en el país y puede adquirirse en las entidades que proveen este tipo de seguros o de manera digital de las entidades que cuentan con autorización. Tiene un propósito fundamental, como lo es la atención médica inmediata e incondicional de manera garantizada para quienes hayan sufrido lesiones físicas, muerte o invalidez. Le concede protección no solo al conductor, sino también al resto de ocupantes del vehículo y los peatones que puedan ser víctimas del siniestro, todos contando con la atención que sea necesaria.

Es sumamente importante tener en cuenta que el SOAT es un seguro con fines sociales, que solo se encarga de las personas que se vean afectadas en el siniestro, no así del automóvil en cuestión.

Es por eso, que se realiza la recomendación de contar con un seguro para el automóvil, que pueda cubrir lo que sea necesario para su reparación. Es importante considerar todos estos puntos a la hora de la adquisición de un automóvil, ya que son requisitos a cumplimentar que implican diferentes gastos para cubrir.

Etiquetas: Ministerio de Economía y FinanzasSAT

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