La reciente sentencia del Tribunal Constitucional (TC), que limita las investigaciones fiscales contra presidentes en funciones como Dina Boluarte, no tendrá efecto retroactivo y, por tanto, no favorecerá al expresidente Pedro Castillo, actualmente detenido y procesado por el fallido golpe de Estado del 7 de diciembre de 2022 y por presuntos actos de corrupción cometidos durante su mandato.
Especialistas consultados por Perú21 coincidieron en que la resolución del TC, publicada el 19 de agosto, solo rige de aquí en adelante. El penalista César Nakazaki explicó que el máximo intérprete de la Constitución ha aclarado que esta sentencia no modifica los actos realizados antes de su emisión, como el allanamiento del Palacio de Gobierno durante la gestión de Castillo, el cual fue avalado en su momento por el mismo TC.
Aunque Nakazaki descartó que la sentencia tenga valor legal retroactivo, señaló que Pedro Castillo podría utilizarla como herramienta política, alegando una supuesta diferencia de trato frente a Dina Boluarte, quien no podrá ser investigada penalmente hasta que culmine su mandato el 28 de julio de 2026.
El constitucionalista Aníbal Quiroga también subrayó que la sentencia del TC no aplica a casos graves como la disolución inconstitucional del Congreso, contemplados en el artículo 117 de la Constitución. Según ese artículo, un presidente puede ser acusado en funciones si comete actos que atenten contra el orden democrático o constitucional.
No obstante, el abogado de Castillo, Walter Ayala, sostiene que la sentencia sí tiene efectos sobre procesos previos y anunció que pedirá la nulidad de las investigaciones y de la detención de su patrocinado, argumentando que el TC no crea una nueva norma, sino que interpreta correctamente el artículo 117. Incluso afirmó que Castillo aún era presidente cuando fue capturado el 7 de diciembre de 2022, a pesar de haber sido vacado por el Congreso ese mismo día.










