A pesar de que aún no se publica su reglamento, la ley que prohíbe las llamadas comerciales no autorizadas ya está vigente y plenamente aplicable. Así lo advirtió el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), que señaló que las empresas que realicen llamadas con fines publicitarios sin el consentimiento del usuario podrían enfrentar multas de hasta 450 UIT, es decir, aproximadamente S/ 2.6 millones por cada infracción grave.
Norma en vigencia sin reglamento
Indecopi precisó que la ausencia del reglamento no impide la aplicación de sanciones, ya que los artículos principales de la ley están en plena vigencia desde hace más de dos semanas. La normativa establece que ninguna empresa puede llamar a consumidores para ofrecer productos o servicios si estos no han dado su consentimiento previo y expreso.
Incluso si dicho consentimiento fue otorgado anteriormente —por ejemplo, al registrarse en una web o firmar un contrato—, el usuario puede revocarlo en cualquier momento. La norma busca así reforzar el derecho del consumidor a decidir cómo y cuándo ser contactado por las empresas.
Canales para denunciar llamadas no autorizadas
Indecopi recordó a los ciudadanos que pueden denunciar estas prácticas a través de tres canales oficiales:
- Correo electrónico: sacreclamo@indecopi.gob.pe
- Plataforma virtual: Reclama Virtual, disponible en su sitio web
- Teléfonos: (01) 224-7777 y 0-800-44040 (línea gratuita)
Empresas ya han sido sancionadas
Desde el año 2021, Indecopi ha sancionado a 36 empresas por realizar llamadas sin consentimiento, con un total de 63 multas que superan el millón de soles. La nueva legislación refuerza ese marco y otorga mayor poder al consumidor para frenar el acoso telefónico comercial.
Indecopi reiteró que continuará fiscalizando y aplicando la ley, y exhortó a las empresas a cumplir la normativa para evitar severas sanciones y daños a su reputación.







