Como se recuerda, la Fiscal de la Nación Zoraida Avalos Rivera abrió investigación contra el jefe del Estado por la presunta comisión de los delitos contra la administración pública (tráfico de influencias agravado, en su calidad de autor) y colusión (en calidad de partícipe) en agravio del Estado peruano; sin embargo, en el mismo acto suspendió todas las diligencias «hasta la culminación de su mandato presidencial en razón de su inmunidad absoluta que trasciende el ámbito procesal penal.
La magistrada Marianella Ledesma en entrevista para el diario Perú 21 deja en claro lo que la Constitución le permite hacer a la fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos sobre investigación contra el jefe del Estado.
Marianella Ledesma señaló que en el artículo 117 de la Constitución Política habla de la acusación y la investigación tiene que ser en el acto y la puede hacer perfectamente el Ministerio Público.
“El artículo 117 habla de la acusación. La acusación es una etapa en el proceso penal que empieza con la investigación. Para ser eficaz no se puede esperar que termine el gobierno en cinco años para poder iniciar una investigación, porque (para ese entonces) no se va a encontrar las huellas ni los elementos del posible delito. Hay que ser bien ingenuos. La investigación tiene que ser en el acto y la puede hacer perfectamente el Ministerio Público”, indicó la magistrada Marianela Ledesma.
“El artículo 117 no habla, en ningún momento, de las investigaciones preliminares. En el caso Vizcarra se investigó aunque no se sabe en qué terminó eso”, agregó Ledesma para Perú 21.
Marianela Ledesma, tras ser consultada que sí se podría investigar al Jefes de Estado señaló «La tutela efectiva permite la intervención, se recoge las evidencias, se hace las investigaciones y posiblemente se tendrá que paralizar para que se formule la acusación».
“Hay que hablar de la efectividad de la investigación. Después de cinco años va a regresar a la escena donde se ha generado las situaciones delictivas, ¿va a encontrar las evidencias? Hay que ser bien ingenuo para pensar eso. La tutela efectiva permite la intervención, se recoge las evidencias, se hace las investigaciones y posiblemente se tendrá que paralizar para que se formule la acusación. Estamos hablando de datos que uno tiene que resguardar para sustentar una acusación”, finalizó.






