El Jurado Electoral Especial de Lima Centro decidió excluir al candidato de Podemos Perú Daniel Urresti del proceso de las elecciones 2020, tras valorar que no declaró correctamente una sentencia condenatoria por difamación en su contra.
De acuerdo a la resolución N° 00085-2020-JEE-LIC1/JNE, se lee que el jurado electoral de primera instancia tuvo acceso a las sentencias “de primera y segunda instancia” que confirmaba la comisión del “delito de difamación» de parte de Daniel Urresti.
“Es importante puntualizar que de acuerdo a los antecedentes que obran en autos, el candidato Daniel Belisario Urresti Elera, fue condenado en el Expediente 1261-2015, por el delito de difamación agravada, en agravio de Rodrigo Pelagio Prada Vargas, conforme a la sentencia impuesta por el 17 Juzgado Penal de Lima de Reos Libres, con fecha 15 de agosto de 2017, imponiéndole pena privativa de la libertad de un año suspendida por el periodo de prueba del mismo plazo, sujeto a reglas de conducta imponiéndosele la pena accesoria de 120 días multa a razón del 25% de su haber diario, equivalente a 372 soles a favor del Estado, así como se fija en s/. 5,000.00 soles el monto de la reparación civil”, señala la resolución que excluye a Urresti del proceso electoral especial.
Además, se señala que la sentencia de primera instancia contra Urresti fue confirmada en sala superior, específicamente “por la Cuarta Sala Penal para Procesos con Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de Lima, con fecha 12 de abril de 2018, en todos sus términos”.
La sentencias en contra de Urresti, se recalca en la resolución del JEE de Lima Centro, se encuentran ya como “sentencias ejecutorias”, como lo informó el propio personero legal de Podemos Perú, tras observase que dicha información fue omitida en la hoja de vida de Urresti.