A través del boletín de Normas Legales del ‘Diario oficial El Peruano’, el Gobierno dio a conocer la autorización para la ampliación de la suspensión perfecta de labores, figura que aplicará hasta enero del 2021.
El Gobierno indica que la vigencia de la suspensión perfecta de labores hasta el próximo 05 de enero del 2021, ante la ampliación del estado de emergencia sanitaria.
Inicialmente el decreto en el que se regulaba la suspensión indicaba un plazo máximo de 30 días para aplicar la medida, es decir, los trabajadores podían estar suspendidos hasta el 09 de julio, luego se extendió hasta octubre.
Con la Resolución Ministerial n° 229-2020-TR, los trabajadores a quienes aplicaron la medida desde abril podrían sumar hasta nueves meses sin percibir una remuneración en caso sus empresas decidan seguir acogiéndose a la medida.