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Ministro de Educación: “Mañana mismo voy a plantear mi renuncia a Juntos Por el Perú” | VIDEO

Rosendo Leoncio Serna Román, nuevo ministro de Educación anunció este martes que presentará su renuncia al partido de Verónika Mendoza, Juntos por el Perú (JPP).

Redacción IP Por Redacción IP
28/12/2021
en Política
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Rosendo Leoncio Serna Román juró como ministro de Educación en reemplazo de Carlos Gallardo. Serna Román es director regional de Educación en Huánuco y se reunió hoy por la tarde con la premier Mirtha Vásquez.

Según el portal de visitas del Gobierno, Se detalla que el nuevo titular del Minedu ingreso este 28 de diciembre al despacho de Vásquez Chuquilin a las 04:14 p. m. y permaneció ahí durante más de una hora, hasta las 5.36 p. m..

El flamante jefe del Ministerio de Educación, además de ser el Director Regional de Educación en Huánuco desde 2019, era docente en la Universidad Hermilio Valdizán de la misma región. Asimismo, desde 2014 hasta 2019 como especialista en educación, dentro de dicha cartera.

🔴 #Ahora | Presidente @PedroCastilloTe toma juramento a nuevo titular del @MineduPeru, Rosendo Leoncio Serna Román. ►https://t.co/XgN6BGNyJl pic.twitter.com/Hs5wjJdreT

— TVPerú Noticias (@noticias_tvperu) December 29, 2021

Este es el curriculum vita laboral del nuevo ministro de Educación, Rosendo Leoncio Serna Roman, extraído de su declaración jurada de intereses de su último cargo público.

Imagen

Rosendo Leoncio Serna Román, nuevo ministro de Educación, está afiliado al partido Juntos por el Perú, según información del ROP. Serna Román anunció este martes ante la prensa que presentará su renuncia al partido de Juntos por el Perú (JPP).

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«Mañana mismo voy a plantear mi renuncia a Juntos Por el Perú. La situación de mi inscripción a JPP es anecdótica, iba a ser precandidato (al Congreso actual) en la zona, pero resulta que no hubo elecciones internas ni nada porque aquí en Lima se impusieron los candidatos y allí quedó mi participación», sostuvo Rosendo Serna ante la prensa.

[EN VIVO] Rosendo Serna: "Mañana mismo voy a plantear mi renuncia a JPP. La situación de mi inscripción a JPP es anecdótica". Sigue informándote en https://t.co/hrg1h9s6jY#CanalN. minuto a minuto. pic.twitter.com/QlXKYiT8s0

— Canal N (@canalN_) December 29, 2021

TC

El Tribunal Constitucional ordena a don Rosendo Leoncio Román (flamante ministro de Educación) que no vuelva a incurrir en la conducta que motivó la interposición de la presente demanda, ( retención de sus haberes y de vulneración del goce de su licencia sindical ) bajo apercibimiento de aplicarse las medidas coercitivas previstas, tras el recurso de agravio constitucional interpuesta por Hugo Gabriel Uruncuy Benito

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Sentencia del Tribunal Constitucional (2006)

“Con fecha 27 de agosto de 2004, el recurrente (Hugo Gabriel Uruncuy Benito) interpone demanda de amparo contra el director regional de Educación de Huánuco, don Rosendo Leoncio Serna Román, solicitando que cese la amenaza (sic) de retención de sus haberes y de vulneración del goce de su licencia sindical; y que, por consiguiente, se ordene al emplazado que le pague su remuneración correspondiente al mes de agosto del año 2004. Manifiesta que tiene el cargo de Secretario General del Comité Ejecutivo Provincial Yarowilca del SUTE; que en el mes de agosto del año 2004 el emplazado le ha retenido su remuneración, no obstante que tiene derecho a licencia sindical con goce de haberes, por lo que se ha vulnerado su derecho a la libertad sindical”, indica los antecedentes de la sentencia del Tribunal Constitucional.

Un punto de los fundamentos del Tribunal constitucional para declarar FUNDADA el recurso indica, “Basándose en este irregular condicionamiento, el emplazado (Flamante ministro de Educación, Rosendo Leoncio Serna Román ) retuvo ilegalmente la remuneración del demandante, lo que constituye una ilegal restricción a su derecho a la libertad sindical”, indica la sentencia del TC.

«Ordenar a don Rosendo Leoncio Román que no vuelva a incurrir en la conducta que motivó la interposición de la presente demanda, bajo apercibimiento de aplicarse las medidas coercitivas previstas en el artículo 22 del Código Procesal Constitucional, sin perjuicio de la responsabilidad que corresponda”, ordena la sentencia del Tribunal Constitucional.

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Etiquetas: Pedro Castillo

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