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César Acuña sigue en carrera tras decisión en última instancia del JNE

El JNE se pronunció luego de haber escuchado al abogado de APP en una audiencia virtual, el pasado 15 de enero, en la que aseguró que no fue responsabilidad de César Acuña el haber omitido una propiedad en su hoja de vida.

Jhon Rojas Cabrera Por Jhon Rojas Cabrera
22/01/2021
en Política
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El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) decidió que el candidato presidencial de Alianza Para el Progreso (APP), César Acuña, podrá seguir en la contienda electoral tras rechazar la resolución que se emitió en primera instancia y que lo excluía, junto al resto de su plancha presidencial, por omitir información en su hoja de vida.

Esta decisión se publicó luego que se realizara el pasado 15 de enero una audiencia virtual en la cual los magistrados escucharon la defensa del abogado y personero legal de APP, quien atribuyó al Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 1 la responsabilidad de haber detectado el inmueble que Acuña Peralta no incluyó en su hoja de vida.

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Según se conoció en la resolución en primera instancia publicada el 8 de enero, el JEE Lima Centro 1 consideró que el candidato presidencial de APP había cometido un error insubsanable al no haber incluido, entre sus propiedades, un inmueble ubicado en La Molina que había detectado en los Registros Públicos.

La agrupación política buscó subsanar en un primer momento esta observación incluyendo una nota marginal, pero el ente electoral consideró que la importancia de contar con un bien inmueble no podía ser consignado de esta manera.

“En la declaración jurada de Bienes del candidato, según lo señalado (en el reglamento electoral), a criterio de este colegiado no nos encontramos en ninguno de los supuestos establecidos en los artículos 6.2 y 22.2 del Reglamento (errores materiales, numéricos, tipográficos). Esto es, admitir una corrección o una nueva incorporación de información sería alterar el contenido esencial de la información; por tanto, no procede atender la solicitud de anotación marginal en la declaración jurada de hoja de vida del candidato”, resolvió el JEE Lima Centro 1.

En la audiencia ante el JNE, el personero legal y abogado de APP, José Luis Echevarría, explicó que no incluyeron el inmueble que había sido transferido de la Universidad César Vallejo a César Acuña porque todavía no estaba en Registros Públicos antes del 22 de diciembre, cuando se cerró el plazo para presentar toda la documentación para pedir la inscripción de los postulantes.

“El 24 (de diciembre del 2020), la fiscalizadora entra a Registros Públicos y encuentra un bien adicional que se había extraído directamente. En el descargo, dijimos que estos datos son extraídos por el JNE y lo que se produzca después, no es responsabilidad del candidato. El bien ya no era del candidato, había sido transferido por firma legalizada ante notaría”, explicó ante el JNE.

Etiquetas: Alianza para el ProgresoCésar Acuña

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