La Superintendencia Nacional de Migraciones dispuso que a partir de este martes 2 de julio los ciudadanos venezolanos que ingresen al país deberán presentar su pasaporte vigente con al menos seis meses de antigüedad, y la visa otorgada por la Oficina Consular Peruana, para efectos de control migratorio.
Esto, luego de que se publicara hoy jueves en el Diario Oficial El Peruano la Resolución de Superintendencia N° 000121-2024-MIGRACIONES, que a su vez deja sin efecto la Resolución de Superintendencia Nº 000177-2019-MIGRACIONES, de fecha 12 de junio de 2019.
Dicha resolución permitía el ingreso de ciudadanos venezolanos al territorio peruano sin la exigencia de pasaporte o con este documento vencido, en los casos señalados por el Ministerio de Relaciones exteriores.
Esta nueva exigencia es aplicable a los venezolanos que ingresen al país, tanto para una estadía temporal, residente y residente humanitario.
Para el caso de los venezolanos que tengan pasaporte vencido, la resolución admite “por única vez” la presentación de las solicitudes de cambio de calidad migratoria, siempre que su último ingreso al país se hubiese efectuado antes de la vigencia de la presente resolución, y permanezcan en territorio nacional, debiendo cumplir con los demás requisitos y condiciones inherentes a cada procedimiento.
«La presente resolución entrará en vigencia a los cinco días calendario siguientes de su publicación en el diario oficial El Peruano», esto es, el próximo martes 2 de julio.
En la resolución también se da cuenta de que Venezuela se retiró de la Comunidad Andina de Naciones (CAN) y que se encuentra suspendida en el Mercado Común del Sur (Mercosur), por lo que no aplica el derecho de sus ciudadanos a transitar sin pasaporte y sin visa de turismo por los territorios comunitarios, incluido el Perú.