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SBS propone regulación sobre prácticas abusivas en bancos y reprogramación de créditos

Proyecto de resolución, publicado hoy, también busca que entidades financieras ofrezcan por lo menos una tarjeta de crédito que no cobre membresía.

Redacción IP Por Redacción IP
02/07/2020
en Economía
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Ante la expectativa de que el Congreso apruebe la ley que permitiría el congelamiento de deudas por 90 días en el marco de la emergencia nacional, la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) pre publicó este jueves un proyecto de resolución que busca – entre otros – regular prácticas abusivas detectadas en el mercado financiero, así como sobre las reprogramaciones de deudas durante el estado de emergencia.

En ese sentido, la iniciativa propone incorporar el Artículo 53 en el Reglamento de Gestión de Conductas del Mercado de Sistema Financiero, donde se define y detalla cuáles son las conductas abusivas de bancos y otras entidades financieras.

Conductas abusivas

1. Sobre Tarjetas de Crédito: Estará prohibido el cobro de cargos por incumplimiento de pagos más de una vez por cada ciclo de facturación, cualquiera sea la naturaleza del cargo. Así como el cobro de membresía anual antes de cumplirse el año de vigencia de la tarjeta, o la modificación sobre el cobro de la membresía anual, salvo que ello resulte más beneficioso para el cliente. Tampoco se permitirá un tratamiento diferenciado sobre los cobros de intereses entre operaciones revolventes y de una sola cuota, cuando son pagadas dentro de la fecha de vencimiento del estado de cuenta.

Estará prohibido, también, las limitaciones o restricciones para migrar de una tarjeta de crédito con cobro de membresía hacia aquella tarjeta de crédito sin comisión de membresía.

2. El cobro de cargos por concepto de reposición de tarjetas de crédito y/o débito que hayan sido retenidas, anuladas o bloqueadas por causas no imputables al usuario.

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3. Exigir la reposición de la tarjeta de débito para la cancelación de una cuenta de ahorros.

4. Incentivar a contratar un producto financiero, sin brindar la información previa a la contratación establecida en este Reglamento.

Tarjeta sin membresía

En la propuesta – que podría entrar en vigencia en 30 días – también se establece la obligación a las empresas emisoras de contar como mínimo con una tarjeta que no cobre comisión de membresía. Asimismo, se requiere a las empresas que informen a los usuarios acerca de su existencia, de manera previa a la contratación de cualquier tarjeta de crédito, dejando constancia de ello.

Reprogramación de deudas

Por otro lado, en el marco de una declaratoria de estado de emergencia, la SBS dispuso que las entidades deben establecer políticas y procedimientos para el tratamiento de los referidos clientes y ofrecer alternativas acordes con su situación financiera y capacidad de pago. Dicho tratamiento es parte del servicio de administración del crédito y gestión de cobranza y, por lo tanto, un servicio esencial y/o inherente al crédito.

En un comunicado, la Superintendencia detalló que los aspectos mínimos que deben implementar las empresas, incluyen la (i) la adecuada comunicación a los clientes sobre los procedimientos y plazos para la presentación de su solicitud, (ii) la recepción y evaluación de la solicitud del cliente, sin aplicación de intereses u otros cargos adicionales a los originalmente pactados mientras dure la evaluación.

Asimismo, el análisis de alternativas de pago, con adecuada información al cliente sobre sus características, beneficios y riesgos, y (iv) seguimiento y monitoreo periódico del cliente, debiendo tomar acciones ante nuevas dificultades que este pueda presentar. Las empresas deben designar un responsable de la implementación de dichos aspectos, lo cual estará sujeto a la verificación del Oficial de Conducta de Mercado.

Etiquetas: SBS

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