Esta mañana, la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional Permanente Especializada en Crimen Organizado declaró infundado el pedido de la Fiscalía para suspender por dos años y medio las actividades políticas de Fuerza Popular, en el marco de la investigación que se sigue por el presunto delito de lavado de activos por el Caso Odebrecht.
Asimismo, se declaró fundado en parte el recurso de apelación interpuesto por la defensa teórica de Fuerza Popular y se declaró nula la decisión de que, por un plazo de dos años, el partido envíe al Poder Judicial, cada 15 días, información sobre sus deudas, recursos y financiamiento de campaña.
Como se recuerda, la tesis fiscal sostiene que al interior del partido político Fuerza Popular habría operado una presunta organización criminal liderada por Keiko Fujimori, que recibió dinero ilícito de la empresa Odebrecht y de empresarios peruanos que habrían sido introducidos en la contabilidad partidaria para solventar las campañas electorales del 2011 y 2016.